Dirección
Jr. Locumba 755 - La Victoria
Horario
Lunes a Domingo 24 horas
Si un ser querido ha fallecido y necesita organizar un funeral, ofrecemos servicios de alta calidad y bajo costo diseñados específicamente para sus necesidades. Ya sea un servicio completo o muy simple, estamos aquí para ayudarlo.
Diseñamos funerales para todas las necesidades y presupuestos.
Un entierro, o inhumación, es el ritual humano de colocar al difunto en un lugar de enterramiento en el suelo o en un entierro sobre el suelo, como una cripta, una bóveda o un mausoleo. El ataúd o féretro se baja al lugar de enterramiento y la tumba se cubre con tierra una vez que el servicio funerario ha concluido.
Para un servicio de entierro, deberá elegir un ataúd y la ubicación preferida del lugar de entierro. Su director de funerales puede ayudarlo a hacer los arreglos para comprar un nuevo lugar de entierro o facilitar el entierro en un lugar previamente comprado.
Muchos australianos prefieren las cremaciones a los entierros. La mayoría de las familias optan por celebrar algún tipo de servicio funerario antes de trasladar el ataúd o féretro para la cremación. La legislación australiana exige que las cremaciones se realicen el mismo día del servicio funerario o en las 48 horas inmediatamente posteriores.
Después de la cremación de un cuerpo, las cenizas suelen quedar en un monumento permanente o esparcirse en un lugar significativo. Este ritual ofrece un lugar para que la familia y las generaciones futuras lo visiten, por lo que es importante considerar cuidadosamente el lugar. Su director de funerales puede brindarle orientación.
Muchas veces sucede que una persona pasa años e incluso décadas lejos de su país de origen, pero antes de morir expresa su deseo de ser velado y enterrado en la ciudad que lo vio crecer, junto a sus familiares.
Ante la dura noticia del fallecimiento del ser querido en el extranjero o lejos de casa, ya sea por un accidente o por una enfermedad, sus allegados normalmente quedan con la difícil tarea de transportar su cuerpo a su ciudad de origen, para poder hacer la despedida como la persona lo deseaba.
Repatriar un cuerpo desde el extranjero requiere de mucha experiencia y un tratamiento sensible del proceso. Cuando ocurren estas muertes, sus familiares no siempre se encuentran junto al fallecido y la organización de este tipo de transportes es compleja desde la distancia, por ello es fundamental elegir los socios adecuados para realizar el traslado de un ataúd en avión.
Si necesitas trasladar el cadáver de tu familiar fallecido para sepultarlo en otro lugar, dentro o fuera del territorio nacional, debes solicitar la autorización sanitaria a las Redes Integradas de Salud de Lima o la Dirección Regional de Salud (Diresa) del gobierno regional correspondiente.
Puedes realizar este trámite si eres familiar en primer grado o cónyuge del fallecido. Excepcionalmente, pueden solicitarlo previa acreditación, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o el representante legal del consulado del país de origen del fallecido sin familiares en el país.
Ten cuenta que, la inhumación, exhumación, traslado o cremación de un cadáver humano sin la respectiva autorización sanitaria es una acción penada que conlleva a una sanción establecida en la Ley N° 26298 y su reglamento
El Certificado de Defunción general o fetal es un documento gratuito que indica el fallecimiento de una persona o feto, respectivamente. Este contiene los datos personales del fallecido, la causa básica, fecha y hora de su muerte, entre otros. Según la Directiva Administrativa N° 216-MINSA/OGTI-V.01, quien entrega el certificado a un familiar o persona interesada es el médico tratante, el médico que constata la muerte, el médico legista que practica la necropsia o el médico señalado por el establecimiento de salud en el que ocurre la defunción. Solo en casos excepcionales, si en la localidad no hay médico, puede hacerlo el enfermero u otro profesional de salud.
Cuando se trata de peruanos, el profesional de salud solicita a un familiar o allegado el DNI del fallecido para verificar que corresponda con sus características; si se trata de extranjeros, se solicita al familiar o allegado el DNI, carnet de extranjería, pasaporte u otro documento del fallecido; en el caso de menores de edad, se solicita el DNI, certificado de nacido vivo o partida de nacimiento, esta última solo en caso de menores de 6 años.
El Certificado de Defunción General es necesario para generar el Acta de Defunción en la RENIEC; en cambio, el Certificado de Defunción Fetal no genera un Acta de Defunción ni debe ser presentado ante RENIEC, pero sí es necesario para el entierro o cremación del cuerpo.